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Quioscos ABC Aeropuerto Internacional de Punta Cana (PJU) - Migracion - eTicket formulario digital

e-Ticket: Requisitos de entrada para visitar República Dominicana

Los requisitos de entrada a República Dominicana pueden variar según la nacionalidad y el propósito del viaje, el formulario digital de entrada o e-ticket es uno de ellos. La mayoría de los visitantes que llegan a República Dominicana por aire, incluyendo los que vienen desde Estados Unidos, Canadá, Reino Unido, Unión Europea, Rusia, Ucrania, Kazajistán, México, muchos países de Suramérica, Centroamérica, Japón, Israel, etc. no necesitan visa para entrar al país.

Los requisitos de entrada tambien pueden ser modificados por las autoridades dominicanas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultar esta página antes de realizar su viaje.

REQUISITOS DE ENTRADA DE EXTRANJEROS QUE INGRESAN A REPÚBLICA DOMINICANA COMO TURISTAS

Los extranjeros que ingresen a República Dominicana en calidad de turistas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Pasaporte con una vigencia mínima de seis (6) meses.
  2. Boleto aéreo, marítimo o terrestre de ingreso y regreso.
  3. Una dirección permanente en la República Dominicana.
  4. Acreditación de solvencia económica suficiente para cubrir sus gastos durante su estancia en República Dominicana.
  5. Completar el e-Ticket o Formulario DIGITAL  de entrada a República Dominicana.

MEDIDAS EXCEPCIONALES SOBRE LA VIGENCIA DE PASAPORTES DE TURISMO, VIGENCIA DEL 1 DE JUNIO AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

 

MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA NACIONALES DE LA UNIÓN EUROPEA, REINO UNIDO, CANADÁ, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, BRASIL, CHILE, ARGENTINA, COLOMBIA Y ECUADOR

Los nacionales de los países que integran la Unión Europea, Reino Unido, Canadá, Estados Unidos de América, Brasil, Chile, Argentina, Colombia y Ecuador están autorizados a ingresar a la República Dominicana, exclusivamente con fines de turismo, con sus pasaportes vigentes y vigentes, y que dichos pasaportes permanezcan vigentes durante su estadía y salida del territorio dominicano. Esta medida excepcional tiene vigencia a partir del 1 de junio de 2023 y hasta el 30 de noviembre de 2023.

MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA FUNCIONARIOS DIPLOMÁTICOS, MISIONES PERMANENTES, ORGANISMOS INTERNACIONALES E INTERGUBERNAMENTALES, ETC.

Se exceptúan de lo anterior, bajo condición de reciprocidad, los siguientes extranjeros:

  1. Los funcionarios diplomáticos y funcionarios consulares acreditados en la República Dominicana, así como los demás miembros de las Misiones Diplomáticas Permanentes o Especiales de las Oficinas Consulares y sus familiares que, en virtud de las normas del Derecho Internacional, estén exentos de las obligaciones relativas a la obtención de un título migratorio. categoría de entrada.
  2. Representantes y delegados, así como los demás miembros, y sus familiares, de Misiones Permanentes o Delegaciones ante los Organismos Intergubernamentales con sede en la República Dominicana o en Conferencias Internacionales celebradas en la República Dominicana.
  3. Funcionarios adscritos a Organismos Internacionales e Intergubernamentales con sede en la República Dominicana y sus familiares, así como titulares de visas diplomáticas y oficiales dominicanas.

MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA QUE NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA LEY Y SU REGLAMENTO.

La Ley otorga al Director General de Migración el poder para autorizar el ingreso al país de extranjeros de nacionalidad estadounidense que no reúnan los requisitos establecidos en la ley y su reglamentariamente, cuando existan razones excepcionales de carácter humanitario, de interés público o de cumplimiento de compromisos asumidos por la República Dominicana. Cada autorización constituye un caso concreto y, en consecuencia, no constituye una referencia o precedente vinculante.

MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA CIUDADANOS DE NACIONALIDAD CUBANA CON RESIDENCIA LEGAL EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PROCEDENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Los ciudadanos de nacionalidad cubana legalmente residentes en los Estados Unidos de América, provenientes de los Estados Unidos de América, están autorizados a ingresar a la República Dominicana en calidad de turistas, aún con pasaporte vencido por no más de veinticuatro (24) meses, siempre y cuando ya que cuentan con su “Tarjeta de Residente Permanente” (también conocida como “Tarjeta Verde”), que garantiza su capacidad legal para residir permanentemente en los Estados Unidos de América. Esta medida excepcional será implementada por las autoridades dominicanas por tiempo indefinido, a partir del 1 de junio de 2023.

ACEPTACIÓN DE EMBARQUE DE PASAJEROS EXTRANJEROS A TERRITORIO DOMINICANO POR AEROLÍNEAS DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS.

La Dirección General de Migración comunicará a las líneas aéreas autorizadas para operar en el territorio dominicano, a fin de que tomen en consideración las disposiciones previamente establecidas para el ingreso al territorio nacional de los referidos extranjeros, teniendo en cuenta sus respectivas nacionalidades, el objeto de su estancia y el tiempo de permanencia en el territorio nacional. Por tanto, las líneas aéreas podrán aceptar el embarque de pasajeros de las nacionalidades previamente establecidas con destino al territorio dominicano de conformidad con las disposiciones anteriores.

MEDIDAS PARA CIUDADANOS DOMINICANOS CON PASAPORTE DOMINICANO LLEGADOS DE OTROS PAÍSES

Las medidas antes mencionadas no se aplican a los ciudadanos dominicanos con pasaporte dominicano que ingresan a la República Dominicana desde otro país.

No se necesita tarjeta de vacuna Covid

A partir del 23 de abril de 2022, todos los pasajeros y miembros de la tripulación no necesitan presentar la tarjeta de vacunación de COVID-19, o pruebas PCR o de antígenos para entrar a la República Dominicana o para entrar en los centros turísticos, en cualquier establecimiento o para recibir servicios, tales como las excursiones. Ya no se realizarán pruebas aleatorias de COVID-19 a los pasajeros y tripulación a su llegada a la República Dominicana. No obstante, cuando se requiera, se podrán llevar a cabo operativos de pruebas aleatorias. Serán exentos de las pruebas aleatorias los pasajeros que presenten su Tarjeta de Vacunación.

BILLETE AÉREO IDA Y VUELTA

A partir del 28 de abril de 2023, durante el proceso de registro y verificación de documentos de viaje previo al embarque, los operadores aéreos nacionales y extranjeros que operen hacia y desde República Dominicana deberán asegurarse de que todos los pasajeros extranjeros cuenten con un boleto aéreo hacia y desde República Dominicana ( ida y vuelta). Los pasajeros nacionales dominicanos, así como los extranjeros residentes en República Dominicana, están exentos de este requisito.

Los operadores aéreos nacionales y extranjeros son responsables del estricto cumplimiento de dicho requisito. El incumplimiento de lo anterior dará lugar a la denegación de entrada a la República Dominicana de pasajeros extranjeros, así como a las sanciones correspondientes a los operadores aéreos nacionales y extranjeros, establecidas por la Dirección General de Migración de la República Dominicana.

E-TICKET

Todos los pasajeros extranjeros y dominicanos que entren o salgan de la República Dominicana en vuelos comerciales deben completar el formulario electrónico gratuito de entrada y salida. Para mas información sobre este formulario, consultar nuestra PAGINA. de e-Ticket para mas información.

No es obligatorio completar el e-Ticket 72 horas antes del viaje. Se puede completar en cuanto tengas tus datos de vuelo, incluso con meses de antelación. Sin embargo, debe completarse antes de llegar al mostrador de la aerolínea en el aeropuerto, ya que es necesario presentarlo a la aerolínea. Para evitar retrasos en el aeropuerto, se aconseja completar el formulario antes del viaje.

Si en el formulario no figura tu ciudad de residencia concreta, puedes elegir la ciudad grande más cercana de tu estado o provincia. Si te alojas en un alquiler vacacional, pide al anfitrión que te facilite la dirección completa, incluyendo provincia, municipio y sector.

Si viajas en familia, debes completar el formulario digital o e-ticket con los datos de todos los miembros de la familia que vayan a viajar, sin embargo, sólo es necesario que se cree un único usuario en el sistema y que éste complete los datos de todos los miembros de la familia que pertenezcan a ese viaje, hasta 6 miembros adicionales al que completa el formulario (7 personas en total por formulario). No es necesario que cada viajero de una misma familia complete un formulario individual. Si viajan más de 7 personas, deberás completar un formulario adicional para el resto. Los niños no completan la sección de Aduanas, sólo los adultos. Se generará un único código QR para la familia.

Puedes imprimir o hacer una captura de pantalla de los códigos QR de confirmación de llegada y salida. Si necesitas realizar algún cambio en el E-TICKET puedes consultarlo con el código de solicitud que se emitió al empezar a completar el formulario y realizar los cambios.

Los pasajeros que lleguen en vuelos privados, buques no comerciales, transbordadores, cruceros, etc., no necesitan completar el E-TICKET Se aceptarán los formularios físicos de Declaración de Aduanas y Embarque/Desembarque Internacional para los pasajeros mencionados.

PRÓRROGA DE ESTADÍA O EXTENSIÓN DE ESTANCIA

Si se queda más de 30 días, tendrá que pagar una tasa adicional cuando salga del país que será determinada por la duración total de su viaje. Encuentre las tasas aplicables y cargue los documentos requeridos aquí, las cuales tendrá que pagar en línea antes de su salida o en la sección de migración en el aeropuerto después del check-in y tras pasar el control de seguridad. Deberá además, modificar la fecha de salida en su e-Ticket.

También hay un impuesto de salida de US$20 requerido por ley, pero está incluido en la tarifa aérea.

VISAS

La República Dominicana emite visas de turista, negocios, trabajo, estudiantes y de residencia. Las visas de turista se pueden emitir para una o varias entradas. Cualquier persona, independientemente de su nacionalidad, puede visitar República Dominicana si es residente legal de o, si tiene una de las siguientes visas válidas en su pasaporte: Estados Unidos, Canadá, Reino Unido o Schengen. Los viajeros que no tengan pasaporte o visa de los países mencionados anteriormente o de otros países autorizados, deberán solicitar una visa. Para emitir una visa, el pasaporte debe tener una validez de al menos seis (6) meses.

El Ministerio de Relaciones Exteriores dominicano es la institución que expide los visados. Tienen una línea de chat disponible en inglés y español, donde puede contactarlos para preguntas específicas sobre visados o para otras consultas: https://mirex.gob.do/

Haga clic AQUÍ para comprobar si su país requiere un visado de turista

Ver lista de consulados dominicanos en el exterior. Asegúrese de verificar siempre los requisitos actualizados antes de viajar.

ADUANAS

Se permite traer los siguientes artículos a República Dominicana:

  1. Un máximo de 20 paquetes de cigarrillos, 25 puros o 200 gramos de tabaco.
  2. Hasta tres (3) litros en total de vino, cerveza, ron, whisky o licor.
  3. Regalos por un valor de hasta US$500 (quinientos dólares estadounidenses) una vez cada tres meses.
  4. Medicamentos de uso personal en cantidades que justifiquen el uso exclusivo del pasajero. En el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas, deberá presentar la receta médica que sustente su uso.

VACUNA CONTRA LA FIEBRE AMARILLA

¿SE EXIGE LA VACUNA CONTRA LA FIEBRE AMARILLA A LOS PASAJEROS PROCEDENTES DE BRASIL?

Todos los pasajeros que arriben a la República Dominicana procedentes de los estados de Brasil Espíritu Santo, Minas Gerais, Río de Janeiro y São Paulo, además de completar el e-ticket, deberán presentar su Certificado Internacional de Vacunación o Profilaxis (CIVP) que muestre prueba de vacunación contra la fiebre amarilla con al menos 10 días de antelación de su llegada al país.

Están exentos de esta disposición, los niños menores de 10 meses de edad, las embarazadas y los viajeros que solo han transitado por un período menor de 12 horas en algún aeropuerto de los estados de Brasil mencionados. Cualquier persona que tenga contraindicación de la vacuna debe presentar una certificación médica que la justifique.

¿SE EXIGE LA VACUNA CONTRA LA FIEBRE AMARILLA A LOS PASAJEROS Y MIEMBROS DE LA TRIPULACIÓN PROCEDENTES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA?

A partir del 15 de octubre de 2021, todos los pasajeros y miembros de la tripulación que arriben a la República Dominicana procedentes de la República Bolivariana de Venezuela deberán presentar junto al formulario e-ticket la Tarjeta de Vacunación, que evidencie que se encuentran vacunados contra la fiebre amarilla. La presente medida aplica también para todos los pasajeros provenientes de la República Bolivariana de Venezuela que arriben a la República Dominicana desde un tercer país, y para aquellos que hayan estado en la República Bolivariana de Venezuela en los últimos 14 días o menos. Esta medida aplica a todos los pasajeros mayores de un (1) año.

VIRUS DE MALBURGO

SUSPENSIÓN DE ENTRADA DE PASAJEROS Y TRIPULANTES DESDE LA REPÚBLICA DE GUINEA ECUATORIAL POR VIRUS MALBURGO.

A partir del 21 de febrero de 2023, se suspende la entrada a la República Dominicana de pasajeros y tripulación provenientes desde la República de Guinea Ecuatorial, en ocasión de la alerta sanitaria declarada en dicho país por el virus de Marburgo.

La presente medida aplica también a todos los pasajeros y tripulación provenientes desde un tercer país que hayan estado en la República de Guinea Ecuatorial desde el 8 de febrero de 2023, así como a los pasajeros en tránsito y a los menores de edad.

Esta medida podrá ser revisada, dejada sin efecto, o extendida por la Junta de Aviación Civil Dominicana, de acuerdo a las actualizaciones que se reciban de la alerta sanitaria emitida por la República de Guinea Ecuatorial.


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